El derecho económico de los amantes en el Perú


El derecho económico de los amantes en el Perú

En la doctrina se considera dos tipos de uniones de hecho, la propia y la impropia. En Perú, para el primer caso se entiende así la unión entre hombre y mujer para cumplir deberes semejantes al matrimonio, siempre y cuando no estén casados con otras personas y hayan superado los dos años de convivencia.
El segundo es el denominado “concubinato impropio” es cuando no se da cumplimiento a lo señalado en el primer caso, una situación en la que incurre, por ejemplo, un casado que convive con otra persona, es decir, sería la figura que a nivel popular se denomina la de los “amantes”
¿Ese tipo de uniones generan algún derecho? La legislación peruana reconoce el derecho del amante, que es perjudicado a raíz del abandono, a demandar al otro ante el juez por enriquecimiento indebido. Se busca con esta figura legal proteger a uno de los convivientes de abusos y del delito de apropiación ilícita de uno de los convivientes sobre el otro. En esa línea se ampara el derecho del conviviente sobre un inmueble adquirido ya que, si bien no ha existido una sociedad de gananciales, ha existido una sociedad de bienes.
Tomemos en cuenta que el enriquecimiento indebido no es propiamente una indemnización y que tampoco incluye a un resarcimiento moral, está más próximo al reembolso. Por lo que la ley no pretende equilibrar, a la manera del matrimonio, la desigualdad en la que ha podido quedar una de las partes tras la ruptura. Sino compensar el empobrecimiento injustificado en que queda una parte. Incluyendo el hecho que una de estas al dedicarse al cuidado del hogar no recibió retribución alguna a cambio de esa actividad.
Naturalmente es un proceso legal largo y cuyo final no se puede asegurar, dependerá mucho del criterio del juez, que puede estar influenciado por sectores de la doctrina que “niegan algún tipo de derecho nacido de la inmoralidad y más bien protegen a la familia”, ahí estará entonces la habilidad del abogado que presente la demanda y lleve el proceso.


Pastilla legal. Luis Román. Abogado y miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (Perú). https://estudioromanyasociados.blogspot.pe/



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